Cuando dejamos el coche en el taller a causa de una avería, o por una revisión ordinaria que va llevar cierto tiempo, nos encontramos desamparados. Necesitamos el vehículo para trabajar, para desplazarnos en nuestro tiempo de ocio. Vamos, que es una faena no poder tenerlo a mano. Algunos talleres facilitan un vehículo de sustitución, pero ¿están obligados a hacerlo?
Ninguna normativa exige esta posibilidad, y se deja en manos del taller la cesión de un coche de sustitución al cliente, si lo estima conveniente. En el caso de que se trate de un vehículo nuevo, es posible que el distribuidor ya lo haya consignado en el contrato de servicio posventa, a modo de garantía adicional, o incluso ofrecido por la propia marca.
Esto no ocurre cuando se trata de cualquier otra situación. El taller no tiene la obligación de facilitar un coche de sustitución en ningún caso, y si lo hace, será por decisión propia. De todas maneras, la legislación sí que protege al usuario en cuanto se refiere al tiempo de reparación del coche. Este ha de ser coherente y adecuado a las características de la avería.
Si el tiempo de entrega del coche reparado o revisado es superior al acordado y se retrasa, el cliente tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios o podrá interponer una demanda por incumplimiento contractual. Esto, claro, si queda todo demostrado y acreditado de forma fehaciente. En cuanto al coche de sustitución, hay que pensar también en que los talleres pueden disponer de alguno, pero de forma limitada. Si hay muchos usuarios, quizá no puedan ofrecer el servicio a todos.
Vía | Prensa Ganvam
Coches de sustitución en los talleres, un beneficio opcional para el cliente é stato pubblicato su automocionblog alle 12:05 di sábado 20 julio 2013. Leggete le condizioni di utilizzo del feed.
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