Las multas por conducir superando los límites permitidos de alcohol o haber consumido drogas podrían aumentar de 500 a 1.000 euros si sale adelante el borrador de anteproyecto de reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial en la que está trabajando la Dirección General de Tráfico (DGT).
La propuesta de aumentar las multas para los que se salten los límites de alcoholemia o consuman drogas está presente en un borrador preliminar de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que ha preparado el Ministerio de Interior y que será enviado ahora al resto de ministerios para que puedan aportar sus alegaciones antes de que el anteproyecto se envíe al Consejo de Ministros para iniciar su tramitación parlamentaria.
De esta forma, la DGT aprovecha la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que la directora de Tráfico, María Seguí, ya había anunciado en el Congreso de los Diputados, para elevar las sanciones por conducir bajo los efectos de alcohol o drogas.
Infracción muy grave
Actualmente, el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se tipifica como infracción muy grave incumplir la obligación, que todos los conductores tienen, de someterse a las pruebas de detección alcohólica y de drogas.
Así que aunque sabemos que la cerveza es una bebida saludable y muy apetecible durante el verano, hay que evitarla si vamos a conducir.
Límites
Los límites actuales de consumo de alcohol están situados en 0’25 mg/l en aire espirado o 0’5 gr/l en sangre para los conductores normales; 0’15 mg/l en aire espirado o 0’3 gr/l en sangre para conductores profesionales; y 0’15 mg/l en aire espirado o 0’3 gr/l para conductores noveles.
Además, las sanciones por estas infracciones llevan aparejado la retirada de entre 4 y 6 puntos del carnet.
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